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La prueba de que los confinamientos y el toque de queda son ilegales bajo el Estado de Alarma

Muchos lectores nos preguntáis por la legalidad, o no, de los confinamientos y el resto de las restricciones que suspenden los derechos y libertades con los que supuestamente contamos (o contábamos) los ciudadanos. Hablemos de ello. Para hacerlo con propiedad, necesitamos estudiar la Constitución Española de 1978.

Empezaremos con la conclusión y posteriormente lo vamos explicando al detalle: bajo el actual Estado de Alarma, no es posible suspender ningún derecho. Por ende, los confinamientos y el toques de queda son absoluta e inequivocamente ilegales, así como las imposiciones como el uso obligatorio de la mascarilla en la vía pública. Tan solo se pueden decretar algunas limitaciones que no suspenen la suspensión de ninguna libertad.

Si se quisiesen decretar legalmente este tipo de restricciones que suponen la suspensión general (la suspensión individual está reservada a bandas armadas y elementos terroristas) de derechos y libertades, el Gobierno estaría obligado a aprobar el Estado de Sitio o el Estado de Excepción.

Con ambos supuestos el Gobierno sí que podría, al menos legalmente, imponer este tipo de restricciones. Incluso podría ir más allá limitando otros derechos, como la inviolabilidad del domicilio o el secreto de comunicaciones. Pero bajo el Estado de Alarma, nunca. Por ende y como hemos afirmado más arriba, lo que está haciendo el Gobierno de España con el beneplácito del Gobierno Vasco, es ilegal.

Redacción de euskalnews.com

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