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El Congreso de USA realizó un cambio en la definición de la vacuna semanas antes de aparecer el COVID-19

Sin un cambio silencioso en la ley federal justo antes de la aparición de COVID-19, es posible que las inyecciones experimentales de ARNm de COVID nunca hayan sido etiquetadas como vacunas. Un artículo anterior en LifeSiteNews.com describió los principales conflictos de interés observables durante el proceso que condujo a la autorización de uso de emergencia del gobierno federal de los EE. UU. De las vacunas de ARNm de COVID-19. E n diciembre de 2019 (antes del brote reportado de COVID-19), el gobierno federal de los EE. UU. Firmó un contrato con un fabricante de vacunas COVID-19, Moderna, que ” declaró que  los candidatos a la vacuna de ARNm contra el coronavirus [son] desarrollados y de propiedad conjunta” por Moderna y el gobierno federal de los Estados Unidos, explica el artículo. 

Este artículo analiza el hecho significativo adicional de que, también en diciembre de 2019, el gobierno federal de EE. UU. Cambió la definición de “producto biológico” en las leyes federales que rigen el etiquetado de vacunas, la autorización de uso de emergencia y la aprobación. El gobierno federal de EE. UU. Etiqueta las vacunas como “productos biológicos”.

No se puede proporcionar aquí una discusión detallada de la importancia del cambio de la ley federal de los EE. UU. Debido a la terminología y descripciones técnicas, científicas y farmacéuticas requeridas. Un resumen básico es el siguiente: sin el cambio de diciembre de 2019 a la ley de EE. UU. Que define el “producto biológico”, es posible que se haya requerido que las vacunas de ARNm COVID-19 estén etiquetadas como algo diferente a una vacuna.   

Dicho de otra manera, la definición de “producto biológico” del gobierno federal de EE. UU. Que se utilizó hasta unas semanas antes del brote informado de COVID-19 puede haber prohibido que los productos de ARNm de COVID-19 se etiqueten como vacunas.  

Probablemente sería mucho más difícil para los gobiernos y / o empleadores ordenar la recepción de sustancias de ARNm del coronavirus etiquetadas como medicamentos u otros productos que no sean vacunas. Los médicos, enfermeras y otros que hacen que se sientan culpables para que reciban y apoyen las sustancias de ARNm COVID-19 con la posible acusación falsa de “anti-vacunas” también quedarían fuera de discusión si las sustancias no estuvieran etiquetadas como vacunas. 

Nueva definición de ‘producto biológico’ semanas antes de COVID

Cabe señalar que para obtener la aprobación en los Estados Unidos, los fabricantes de vacunas deben presentar una “ Solicitud de licencia biológica ” al gobierno federal de los Estados Unidos. ( Página 2 ) La ley federal de los EE. UU. Incluye las vacunas en la categoría de “productos biológicos”.

Antes del cambio de 2019 a la ley federal de EE. UU., La definición legal de producto biológico era la  siguiente : 

El término “producto biológico” significa un virus, suero terapéutico, toxina, antitoxina, vacuna, sangre, componente o derivado sanguíneo, producto alergénico,  proteína (excepto cualquier polipéptido sintetizado químicamente) o producto análogo, o arsfenamina o derivado de arsfenamina (o cualquier otro compuesto de arsénico orgánico trivalente), aplicable a la prevención, tratamiento o cura de una enfermedad o afección de los seres humanos. (énfasis añadido)

El cambio de diciembre de 2019 a la definición de “producto biológico” se encuentra en la Ley de Apropiaciones Más Consolidadas de 2020, y es el  siguiente :  

SEGUNDO. 605. DEFINICIÓN DE PRODUCTO BIOLÓGICO.

La Sección 351 (i) (1) de la Ley de Servicios de Salud Pública (42 USC 262 (i) (1)) se modifica tachando “(excepto cualquier polipéptido sintetizado químicamente)”.

Por lo tanto, antes del cambio de 2019 que se realizó poco antes del brote informado de COVID-19, ” cualquier  polipéptido sintetizado químicamente” no estaría regulado por la FDA como un “producto biológico”. Esto podría interpretarse en el sentido de que si una supuesta “vacuna” fuera un “polipéptido sintetizado químicamente”, aparentemente no estaría regulado como un producto biológico.   

Pero los productos químicos etiquetados como “vacunas” requieren solicitudes de licencia de productos biológicos; por tanto, parece que, según la definición anterior de “producto biológico”, cualquier entidad química que sea un polipéptido sintetizado químicamente no podría etiquetarse como vacuna.

La importancia de este cambio es que las vacunas de ARNm COVID-19 sintetizan químicamente la proteína “Spike” (también conocida como “S”) del SARS-CoV-2. (En el momento de redactar este documento en agosto de 2021), ambas vacunas de ARNm COVID-19 que recibieron “autorización de uso de emergencia” de la FDA están “modificadas con nucleósidos”, lo que significa que están “modificadas químicamente” y programadas para sintetizar el SARS. -Proteína CoV-2 S. 

Por lo tanto, la redacción de la definición anterior de “producto biológico” parece sugerir que las “vacunas” de ARNm de COVID-19 no podrían etiquetarse legalmente como vacunas. Ese sería un problema importante para los funcionarios de salud pública y los fabricantes de “vacunas”.  

Vacunas COVID y ARNm ‘sintetizado químicamente’

Sin ser demasiado técnico, debe tenerse en cuenta que las vacunas de ARNm de COVID-19 son los primeros productos que utilizan la técnica del ARNm “sintético” o “sintetizado químicamente” en obtener la autorización de uso de emergencia de la FDA. ( Páginas 748-749 )   

Después de inyectarse en humanos, las vacunas de ARNm COVID-19 sintetizadas químicamente sintetizan  ,  o “producen”  ,  una proteína que es similar a la proteína “pico” o “S” del SARS-CoV-2. Las proteínas  “contienen uno o más polipéptidos”. Por lo tanto, la síntesis de la proteína “S” también se describe como “síntesis de polipéptidos”. 

Una explicación más específica de la síntesis química de las vacunas de ARNm de COVID-19 de la literatura científica es la siguiente: 

Los componentes químicos de las vacunas de ARNm son agradablemente anodinos, y consisten principalmente en ARN más “agua, sal, azúcar y grasa”, con dos notables excepciones. El primero son las nanopartículas de lípidos que encapsulan el ARNm y facilitan su entrega, que se revisan excelentemente en otros lugares. El segundo es la nucleobase de ARN no natural N1-metilpseudouridina (m1Ψ ;  Figura  1 b),  que mejora  la evasión inmunitaria y  la producción de proteínas . ( Página 748 , énfasis agregado) 

Para este artículo, es importante saber que un componente químico de las vacunas de ARNm de COVID-19 es la N1-metilpseudouridina. La sustancia química N1-metilpseudouridina “mejora … la producción de proteínas”. La “producción de proteínas” también puede indicarse como “síntesis de proteínas” o “síntesis de polipéptidos”. Otra forma de afirmar esto es que la N1-metilpseudouridina es una sustancia química que participa en la síntesis de polipéptidos de la proteína “S” necesaria para las vacunas de ARNm COVID-19. 

Esto significa, entonces, que la proteína “S” necesaria para las vacunas de ARNm de COVID-19 podría describirse con precisión como un “polipéptido sintetizado químicamente”.  

Ahora, consulte la definición de “producto biológico” antes del cambio de diciembre de 2019 a la ley federal de EE. UU. La ley anteriormente excluía “cualquier polipéptido sintetizado químicamente” de la definición de “producto biológico”. Entonces, esa definición aparentemente excluiría que las vacunas de ARNm de COVID-19 se etiqueten como un “producto biológico”.  

Pero dado que las “vacunas” requieren una Solicitud de Licencia Biológica, entonces parecería que con la definición anterior de “producto biológico”, las “vacunas” de ARNm de COVID-19 no podían etiquetarse como vacunas. 

¿Más evidencia de una pandemia falsificada?

Se desconoce si el Congreso enmendó la definición legal de “producto biológico” para eliminar “excepto cualquier polipéptido sintetizado químicamente” para permitir que las sustancias de ARNm de COVID-19 sintetizadas químicamente se etiqueten como “vacunas”.  

Sin embargo, el hecho de que este cambio significativo se haya realizado en la página 595 de una ley de 716 páginas que normalmente se usa para apropiarse de fondos federales de los Estados Unidos sugiere la posibilidad de un intento de llamar la atención.  

El cambio mencionado anteriormente a la ley federal de EE. UU. También es relevante para las discusiones en artículos anteriores que describían actualizaciones de las leyes federales de EE. UU. Realizadas poco antes de COVID-19, lo que sugiere la posibilidad de que COVID-19 pueda ser una especie de ejercicio pandémico falsificado.  

Específicamente, el momento del cambio  ,  antes de COVID en diciembre de 2019  ,  junto con el aparente estado apresurado  ,  enterrando el cambio en la página 595 de una ley de financiamiento federal de EE. UU  .,  Nuevamente sugiere la posibilidad de que COVID-19 pueda ser un ejercicio pandémico falsificado que Los funcionarios de salud pública y los políticos del gobierno federal de EE. UU. Se estaban preparando al intentar protegerse legalmente con varios cambios significativos en las leyes, estrategias y planes que gobiernan y regulan las “amenazas emergentes” de salud pública, las pandemias, las vacunas o temas relacionados. 

También vale la pena repetir que el gobierno federal de EE. UU. Posee parcialmente una vacuna de ARNm COVID-19, y poco antes de su imposición a los estadounidenses, el gobierno federal de los EE. UU. Aparentemente se aseguró de que las vacunas de ARNm de COVID-19 fueran legales.  

Por supuesto, el momento y la aparente notoriedad del cambio de 2019 a la ley federal de EE. UU. Que aparentemente aseguró que las vacunas de ARNm de COVID-19 pudieran etiquetarse legalmente como “vacunas” podría ser simplemente una coincidencia. Sin embargo, si realiza un seguimiento de la gran cantidad de coincidencias importantes con respecto a la pandemia de COVID-19, la persona razonable podría al menos ser cautelosa con cualquier cosa que ciertas personas y entidades comuniquen con respecto a la pandemia de COVID-19.

Fuente: Life Site News (noticia traducida en euskalnews.com)

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Julio Suárez
Julio Suárez
2 años

Habría que estudiar el caso de este país y como han declarado al experimento transgénico o atenuado legal por uso de emergencia, y ver que es eso de “emergencia, si lo es, o es otro montaje para hacer creer y justificar este circo de la distopía Inoculante.

EnekoAhíVaLaHostiaPues
EnekoAhíVaLaHostiaPues
2 años

La última frase es para enmarcarla.

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