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POLITICA

Más querellas criminales contra los Presidentes de las CCAAs por delitos derivados del uso fraudulento de los test PCR

La Asociación independiente ELEUTERIA, en colaboración con Periodistas por la Verdad y Biólogos por la Verdad, acaba de presentar un proceso de querellas criminales contra los presidentes y consejeros de sanidad de las distintas comunidades autónomas, por delitos de falsificación de certificados, utilización de los mismos a sabiendas de su falsedad, prevaricación, coacciones y delito contra la integridad moral, derivados del uso de los test PCR cómo único medio para el diagnóstico de la Covid-19.

Desde el pasado 11 de marzo de 2020, fecha en la que fue declarada la pandemia por la OMS, una parte de la sociedad civil ha contemplado como están sucediendo una serie de medidas que han supuesto una limitación y restricción de derechos fundamentales.

Tras el levantamiento del estado de alarma, el Gobierno Central, por Real Decreto 8/2021, de 4 de Mayo, se estableció la posibilidad de que las comunidades autónomas adoptaran medidas excepcionales con motivo de la pandemia, con fundamento en la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de Abril, de Medidas Especiales en materia de Salud Pública.

Las medidas limitantes de derechos fundamentales que han sido dictadas desde las distintas administraciones autonómicas se han justificado en base a los datos de Incidencia Acumulada que marca la situación epidemiológica existente en cada momento y que se desprenden, exclusivamente, de los resultados de los test PCR realizados.

ELEUTERIA afirma que, teniendo en cuenta las severas consecuencias colectivas e individuales que conllevan estas decisiones, la Administración debería acreditar que las personas computadas están realmente infectadas por el SARS CoV-2, no siendo el test PCR una prueba suficiente para diagnosticar la enfermedad y no habiéndose realizando ninguna otra prueba complementaria que sí pudiera confirmar inequívocamente el diagnóstico, como es un cultivo viral. Además, estas pruebas de diagnostico se están practicando por encima de 35 ciclos, cuando es un hecho científicamente reconocido que a partir de ese número, los falsos positivos se acercan al 100%, tal y como reconoce el propio Ministerio de Sanidad de España, la OMS y abundantes publicaciones científicas.

A estos hechos se suma que en determinados momentos se aprecia un claro incremento en la realización de este tipo de pruebas de diagnóstico y, en consecuencia, un incremento proporcional en el número de positivos, originandonuevas olas de contagios que posibilitan la adopción de medidas y decisiones tremendamente gravosas para los derechos y libertades ciudadanas, algo que, a juicio de la Asociación se hace de forma deliberada.

Por todo ello la Asociación ELEUTERIA ve indicios de delitos de falsificación de certificados, al no disponer de prueba suficiente para el diagnóstico y hacerlo por encima de un número de ciclos que saben que arroja un alto porcentaje de positivos. Además, expertos de esta misma entidad afirman que se utilizan con mala fe para obtener datos que justifiquen las restricciones cometiéndose así delitos como el de prevaricación, al haberse dictado multitud de resoluciones limitativa de derechos en base a esa prueba. Además se está sometiendo a la población a la coacción para forzar una limitación de derechos y forzar la vacunación y delitos contra la integridad física y posibles abusos de poder.

El jueves día 16 de diciembre, fue presentada en los juzgados la primera querella, contra el Presidente de Canarias, D. Ángel Víctor Torres y el Director General de Sanidad, Contador Jesús Domínguez Trujillo. En los próximos días los letrados de esta Asociación independiente afirman que presentarán querellas contra los presidentes y consejeros de las restantes comunidades.

Para más información contacta con comunicacion@asociacioneleuteria.org

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Aurora
Aurora
2 años

Cojonudo!!!! Va siendo hora de acabar con tanta farsa. Lo pagarán Gracias.

Juan
Juan
2 años

Gracias, ánimo y a por ellos!

Javier Libert
Javier Libert
2 años

Ojalá sirva para algo, pero uno no deja de preguntarse hasta dónde llega la auténtica independencia de los tribunales de justicia en este ambiente social tan peculiar.
En otras palabras, la pregunta del millón es si se demuestra con datos periciales que el test PCR es inválido, ¿los tribunales se van a atraer a tumbar todo este tinglado?

Luis Angel
Luis Angel
2 años

Hay algo que no me cuadra. El gobierno de España saca un decreto ley el 23 de diciembre de 2021, donde modifica la ley 2/2021 de 29 de marzo en su artículo 6, para que la mascarilla vuelva a ser obligatoria al aire libre. Ese artículo ya fue modificado por la ley13/2021 de 24 de junio, donde dice que la mascarilla no será de uso obligatorio en exteriores. Ahora viene mi duda y de ahí la pregunta: ¿Como es que pueden modificar un artículo de una ley de marzo cuando ya fue modificado por otra ley en junio

Argiñe
Argiñe
2 años
Respuesta a  Luis Angel

Oso ona. A lo mejor has dado con el talón de Aquiles del decretazo

ani_pascual
ani_pascual
2 años

Los magistrados de los tribunales ya saben que “los test, por sí solos, (y la prueba PCR es un test) no suelen ser suficientes para determinar enfermedad, requiriéndose una evaluación experta de la persona a la que se le ha realizado el test” y que la “evaluación de los pacientes en relación a su estado de salud, sea COVID-19 u otra enfermedad o patología, es competencia de los profesionales sanitarios de referencia”, y son conocedores de ello porque ha sido el propio Ministerio de Sanidad del Gobierno quien lo ha notificado a través de su Dirección General de Salud Pública el pasado día 8 de septiembre de 2021. Así pues, es preciso dilucidar si la decisión de diagnosticar la COVID-19 a las personas que dan positivo en ese test es del Ministerio de Sanidad, de las diferentes consejerías de salud de las CCAA al prescribir unos protocolos de actuación sanitaria o de los profesionales sanitarios de referencia. Alguien debería “comerse el marrón” por todos estos delitos y crímenes de lesa humanidad que se están cometiendo.

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