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POLITICA

Liberum requiere ante el TSJA que haya prescripción médica, seguimiento y consentimiento informado para vacunarse

Como consecuencia de las últimas noticias recogidas en diferentes medios de comunicación en relación a las actuaciones de la asociación LIBERUM ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, vemos necesario informar que:

1.- El pasado día 27 de agosto de 2021, el TSJ de Andalucía, mediante el correspondiente Auto admite las medidas cautelarísimas solicitadas en el recurso contencioso-administrativo interpuesto y suspende la Orden de 18 de agosto de 2021 de la Consejería de Salud y Familia, que imponía al personal sanitario y trabajadores no vacunados de centros socio-sanitarios la práctica de dos PCR semanales, mientras que a los trabajadores vacunados se requería una PCR cada 15 días. Desde LIBERUM entendimos que este trato era discriminatorio en tanto en cuanto la evidencia científica demostraba que ambos grupos de población pueden ser fuentes de contagio en igualdad de condiciones y carga vírica. Se da traslado a la Junta para que en el plazo de 3 días presenten alegaciones.

2.- Que, el pasado 7 de septiembre de 2021, la Sala del TSJ de Andalucía mediante la correspondiente Providencia, comunica que la Consejería de Salud y Familia no ha presentado alegaciones en relación a la suspensión de la norma, y por tanto resuelve el Tribunal: “No consta que la Orden de 18 de agosto de 2021 objeto de este incidente, que afecta a derechos fundamentales, hubiera sido objeto de ratificación judicial, por lo que, al
afectar a derechos fundamentales y no haber sido ratificada judicialmente, la Orden podría no haber entrado en vigor […]”.

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3.- Que, aprovechando las circunstancias antes señaladas, desde LIBERUM se comunica al Tribunal, mediante el correspondiente escrito, que la campaña de vacunación efectuada en Andalucía no cumple los requisitos legales según nuestro entender, dado que se está efectuando sin la debida prescripción médica, y el adecuado consentimiento informado, que es requerido por imperativo legal para que el acto sea realmente libre y voluntario, así como el necesario seguimiento médico del inoculado. Solicitamos que esta forma de efectuarse la vacunación sea suspendida cautelarmente hasta que se resolviese el fondo del asunto y se adecúe dicha campaña a la ley.

4.- Que, el pasado 4 de septiembre de 2021, mediante Auto el TSJ de Andalucía no estima la medida cautelar solicitada, pero prosigue su curso el procedimiento, que deberá resolver sobre las irregularidades formales que advertimos incurre la campaña de vacunación tal como se está efectuando.

En consecuencia, desde LIBERUM queremos manifestar y dejar claro, que no estamos en contra de ningún tratamiento médico, lo que incluye las vacunas. Lo que solicitamos y requerimos a las autoridades es que la campaña de vacunación cumpla los requisitos legales, como son: la
prescripción y seguimiento del facultativo que deberá evaluar el tratamiento en cada caso, sopesando los beneficios y riesgos, así como la puesta a disposición del paciente de un consentimiento informado adecuado y riguroso.

De lo contrario, defendemos que dicha campaña podría vulnerar los derechos fundamentales, siendo nuestra pretensión que la campaña de vacunación sea segura y ajustada a Derecho. El procedimiento sigue su curso.

LIBERUM

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