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El letrado Alexis Aneas (Liberum) logra dos Providencias del Tribunal Constitucional muy importantes en relación a la “imposición” de la “vacuna COVID” a menores

Nueva batalla judicial encarada con optimismo por Liberum y el abogado Alexis Aneas, amigo de la familia #EuskalNews. Resulta que la mencionada asociación acaba de comunicar que el letrado Alexis Aneas, perteneciente al equipo jurídico de Liberum, ha logrado dos Providencias del Tribunal Constitucional de admisión a trámite de sendos Recursos de Amparo frente a resoluciones judiciales que facultan la imposición unilateral por uno de los padres “la vacunación contra la COVID-19” en menores de edad.

La Audiencia Provincial de Sevilla, en recurso de apelación 8036/22 mediante Auto, confirmó el dictado por el Juzgado de Primera Instancia 17 de Sevilla en autos 244/22. Igualmente, La Audiencia Provincial de Málaga, en recurso de apelación 1718/22 mediante Auto, confirmó el dictado por el Juzgado de Primera Instancia 16 de Málaga, en procedimiento de jurisdicción voluntaria 500/22, facultando unilateralmente a un progenitor la facultad de decisión de vacunación contra la COVID-19 de los hijos menores.

Ante sendas resoluciones, se presentaron los correspondientes Recurso de Amparo, escrito de más de 100 páginas de información científica y fundamentos jurídicos, acompañado de informes periciales y prueba documental que, acredita la prevalencia del principio de prudencia sobre la inoculación unilateral de un medicamento con distintivo “triangulo negro”, y autorización condicional que, admite según la ficha técnica (página 21): 

“Para confirmar la eficacia y seguridad de Comirnaty, el TAC deberá enviar el informe del estudio clínico final para el estudio aleatorizado, controlado con placebo y con enmascaramiento para el observador c4591001. diciembre 2023”; 

Además de que, Pfizer ha reconocido ante la FDA: “el número de participantes en el programa de desarrollo clínico actual es demasiado pequeño para detectar cualquier riesgo potencial de miocarditis asociado a la vacunación. la seguridad a largo plazo de la vacuna covid-19 en participantes de 5 a <12 años de edad se estudiará en 5 estudios de seguridad posteriores a la autorización, incluido un estudio de seguimiento de 5 años para evaluar las secuelas a largo plazo de la miocarditis/pericarditis posteriores a la vacunación” (Vaccines and Related Biological Products Advisory Committee October 26, 2021Meeting Document). 

Ante tales Recursos de Amparo, el pasado día 8 de mayo de 2023, la Sala Primera, Sección Segunda, del Tribunal Constitucional, dictó sendas Providencias con el siguiente texto: “La Sección ha examinado el recurso de amparo y ha acordado admitirlo a trámite, apreciando que concurre en el mismo una especial trascendencia constitucional (art. 50.1 LOTC) porque el recurso plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal [STC 155/2009, FJ 2, a)], y el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social o económica [STC 155/2009, FJ 2, g)]”.

El TC acuerda formar pieza separada de suspensión de las resoluciones recurridas, concediendo un plazo de 3 días para presentar alegaciones con relación a la petición de suspensión.

Asimismo, desde el equipo jurídico de Liberum aseguran que seguirán trabajando hasta el final, a favor de los Derechos Humanos, incluido el derecho al consentimiento informado en el uso de los medicamentos, así como los Derechos Fundamentales a la integridad física y moral, la igualdad ante la ley, y la libertad de pensamiento (arts. 15, 14 y 16 CE).

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